|
Abstract: . . . de estos fondos para otros fines configura falta grave para efectos laborales.” 16 Page 17 17 Capítulo III Disposiciones Finales Artículo 21. Reglamento. La reglamentación deberá ser realizada mediante decreto ejecutivo, a más tardar tres meses después de su publicación Artículo 21 . Vigencia. Esta Ley rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.- San José a los____ días del mes de ________ de dos mil cinco. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA DRA. MARIA DEL ROCIO SÁENZ MADRIGAL MINISTRA DE SALUD LIC. RANDALL QUIRÓS BUSTAMANTE MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LIC. CARLOS . . . . . . creará la Tesorería Nacional, quien estará en la obligación de girar su totalidad al Fideicomiso Ministerio de Salud número 872 o el que en su defecto se cree para manejar los recursos del Sistema de Gestión de la Calidad del Aire. La utilización de estos fondos para otros fines configura falta grave para efectos laborales.” 16 Page 17 17 Capítulo III Disposiciones Finales Artículo 21. Reglamento. La reglamentación deberá ser realizada mediante decreto ejecutivo, a más tardar tres meses después de su publicación Artículo 21 . Vigencia. Esta Ley rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia . . . . . . emisión a los fijados por el Poder 14 Page 15 15 Ejecutivo. La depreciación será igual al doble de la que originalmente le hubiere correspondido. Las condiciones para el otorgamiento de esta depreciación serán establecidas vía reglamento. Capítulo II Financiamiento Artículo 16 . Financiamiento. Para el financiamiento del Sistema de Gestión de la Calidad del Aire se crea un tributo denominado “Aire-Tarifa” con cargo a la gasolina y al diesel de venta en el país. Además, se autoriza al Sistema de Gestión de la Calidad del Aire para recibir donaciones de organismos privados nacionales e internacionales . . . . . . ser realizada mediante decreto ejecutivo, a más tardar tres meses después de su publicación Artículo 21 . Vigencia. Esta Ley rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.- San José a los____ días del mes de ________ de dos mil cinco. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA DRA. MARIA DEL ROCIO SÁENZ MADRIGAL MINISTRA DE SALUD LIC. RANDALL QUIRÓS BUSTAMANTE MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LIC. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ ECHANDI MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA 17 . . . . . . Gestión de la Calidad del Aire. Los recursos del citado tributo se colocarán en una cuenta especial que al efecto creará la Tesorería Nacional, quien estará en la obligación de girar su totalidad al Fideicomiso Ministerio de Salud número 872 o el que en su defecto se cree para manejar los recursos del Sistema de Gestión de la Calidad del Aire. La utilización de estos fondos para otros fines configura falta grave para efectos laborales.” 16 Page 17 17 Capítulo III Disposiciones Finales Artículo 21. Reglamento. La reglamentación deberá ser realizada mediante decreto ejecutivo, a más tardar tres meses . . . --3000,5,300,3253,23903
|